Con motivo de la fiesta del ! de mayo, día del Trabajador, queremos compartir con vosotros las principale
s modificaciones en materia laboral durante el años 2018, son las siguientes:
Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2018. La norma se publica con efectos desde el día 1 de enero de 2018.
Se prorroga durante 2018 la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012, exclusivamente a los efectos de la contratación de trabajadores para campañas agrícolas de temporada y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Publicado en el BOE del 30 de diciembre de 2017 el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2018. El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53 euros/día o 735,9 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
El Real Decreto 1078/2017, de 29 de diciembre, publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2017, ha modificado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero), y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatarios de cuotas de la Seguridad Social (Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo).
El Real Decreto 1079/2017, de 29 de diciembre (BOE 30/12/2017), fija una revalorización de pensiones de Clases Pasivas, de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2018 con carácter general en un incremento del 0,25 por ciento en las mismas. Igualmente se establecen las pensiones que serán revalorizadas a fecha 1 de enero de 2018 y aquellas que no sufrirán incremento alguno.
Publicada la norma para adaptar la fecha de devengo de las prestaciones en el RETA a la posibilita de realizar hasta tres altas y bajas anuales con efectos desde el día en que concurran.
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